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Bonificación IBI placas solares: municipios y cómo pedirla

El recibo del IBI es uno de los gastos fijos de tener una vivienda en propiedad. Lo que muchos propietarios no saben es que, si tienen un sistema fotovoltaico instalado, pueden disfrutar de hasta un 50% de descuento en ese impuesto gracias a la bonificación del IBI por placas solares. Durante varios años seguidos.

Esto significa que, para una vivienda unifamiliar con un IBI de 800 € al año, una reducción del 50% durante 5 años supone un ahorro acumulado de 2.000 €. Se solicita una sola vez en el ayuntamiento, con la documentación de la instalación, y el descuento se aplica en los recibos posteriores.

En esta página te explicamos cómo funciona y cómo pedirla correctamente.

Cliente de 1KOMMA5° preparando los documentos necesarios para recuperar el coste de su instalación solar para obtener subvenciones.
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Bonificación IBI placas solares
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Lo más importante, en pocas palabras:

  • La bonificación del IBI por placas solares puede llegar al 50% de tu cuota anual, por un periodo de entre 3 y 10 años, dependiendo del municipio.

  • No es obligatoria para los ayuntamientos. La ley les permite aplicarla, pero cada municipio decide si la activa, en qué porcentaje y durante cuántos años.

  • Esta bonificación no se aplica de forma automática. Hay que solicitarla en tu ayuntamiento, normalmente antes del 31 de diciembre del año anterior al recibo en que quieres beneficiarte.

  • Es compatible con la deducción IRPF y con las subvenciones autonómicas. Son 3 beneficios distintos que puedes acumular.

¿Qué es la bonificación del IBI por placas solares?

Una reducción en el IBI por instalar placas solares o cualquier sistema de autoconsumo fotovoltaico en tu vivienda

El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es el tributo municipal que pagas por ser propietario de tu vivienda. Su importe depende del valor catastral del inmueble y del porcentaje que fija cada ayuntamiento, normalmente entre el 0,4% y el 1,1%.

La bonificación en el IBI por placas solares, también conocida como "bonificación IBI fotovoltaica" o "bonificación IBI autoconsumo", es una reducción que los ayuntamientos pueden aplicar en la cuota de este impuesto a los propietarios que instalan sistemas de aprovechamiento de energía solar.

El descuento en el  IBI por placas solares se ha consolidado como uno de los beneficios fiscales más relevantes para los propietarios con autoconsumo, junto con la deducción del IRPF y las subvenciones autonómicas. Los 3 incentivos son compatibles y puedes combinarlos para recuperar parte de lo invertido en tu instalación.

¿Qué dice la ley sobre la bonificación del IBI?

Cada municipio decide si la activa, en qué porcentaje y durante cuántos años

La Ley de Haciendas Locales permite a los ayuntamientos reducir hasta el 50% de tu recibo del IBI si tienes placas solares instaladas. Es una bonificación potestativa: la ley autoriza a cada municipio a aplicarla, y es cada ayuntamiento quien decide si la activa en su ordenanza fiscal y en qué condiciones.

¿Qué significa esto en la práctica?

  • Tu ayuntamiento es quien la regula. Si la tiene aprobada en su ordenanza fiscal, tienes derecho a solicitarla cumpliendo los requisitos. Si no la tiene, puedes consultar con el departamento de Tributos si hay previsión de incorporarla.

  • Las placas solares están incluidas. La ley cubre tanto los sistemas de energía solar térmica como los fotovoltaicos. El autoconsumo entra expresamente.

  • La instalación debe estar correctamente legalizada. Para solicitar la bonificación necesitas el Certificado de Instalaciones Eléctricas (CIE) y la inscripción en el registro de autoconsumo de tu comunidad, según el RD 244/2019. El registro de autoconsumo es el trámite administrativo que legaliza oficialmente tu instalación ante la administración autonómica.

Una instalación fotovoltaica legalizada cumple con la normativa técnica y administrativa vigente. Es el paso previo imprescindible para acceder a cualquier beneficio fiscal, incluida la bonificación del IBI

En 1KOMMA5° lo hacemos desde nuestra Oficina Técnica, con personal propio y de forma interna: nuestros clientes no tienen que ocuparse de este trámite

¿Cuánto ahorras con el descuento del IBI por placas solares?

Cliente de 1komma5 tramitando sus descuentos graciasal IBI por placas solares

El cálculo siempre es el mismo: 

IBI anual × porcentaje de bonificación × número de años = ahorro total

Estos son 3 escenarios posibles, según el IBI que pagas y las condiciones que aplique tu ayuntamiento:

En conclusión: con un IBI de 800 € y una bonificación del 50% durante 5 años, el ahorro acumulado es de 2.000 €

Trabajador de 1komma5 encargandose de la gestión de todo el proceso de diseño, instalación y gestión.

Estos cálculos solo son posibles si la instalación está correctamente registrada desde el primer día

En 1KOMMA5° nos encargamos de todo: diseño, instalación y gestión. Incluyendo los documentos oficiales que necesitarás para solicitar la bonificación en tu ayuntamiento.


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Conocer cuánto podrías ahorrar es el primer paso. El siguiente es comprobar las condiciones que aplica tu municipio, porque cada ayuntamiento fija su propio porcentaje y duración en su ordenanza fiscal.

¿Qué municipios aplican la bonificación del IBI por energía solar y con qué porcentajes?

Cada ayuntamiento fija en su ordenanza fiscal el porcentaje y la duración de la bonificación del IBI por placas solares, por lo que las condiciones varían de un municipio a otro. A continuación te mostramos las condiciones habituales en una selección de municipios representativos de distintas comunidades autónomas, todas ellas zonas donde 1KOMMA5° realiza instalaciones:

Como ves, las condiciones pueden variar entre un municipio y otro, incluso dentro de la misma comunidad autónoma. Si tu municipio no aparece en la tabla, no significa que no tenga la bonificación aprobada: en España hay más de 8.000 municipios y muchos de ellos la aplican. En el siguiente apartado te explicamos cómo comprobarlo en tu caso de forma rápida.

Cómo saber si tu ayuntamiento aplica la reducción del IBI por placas solares

Comprobar si tu municipio tiene aprobada la bonificación del IBI por placas solares es muy sencillo. Existen dos vías:

  • Sede electrónica del ayuntamiento: es donde se publican las ordenanzas fiscales vigentes, con el porcentaje exacto, la duración y los requisitos.

  • Departamento de Tributos: si prefieres confirmarlo por teléfono o no encuentras la información en la web, es la vía más directa.

Te dejamos el detalle: qué escribir en Google, qué preguntar si llamas al ayuntamiento y qué plazos tener en cuenta.

Con esta información ya sabes si tu ayuntamiento aplica la bonificación y en qué condiciones. El siguiente paso es preparar la solicitud: los documentos que necesitas y el plazo en el que debes presentarla.

Cómo pedir la bonificación IBI por placas solares

Realiza la solicitud al terminar la instalación y empieza a ahorrar desde el próximo recibo

Cada ayuntamiento fija en su ordenanza el plazo exacto de solicitud, pero la recomendación general es clara: presenta la solicitud en cuanto finalice la instalación. Algunos municipios establecen períodos de tiempo ajustados para admitir la solicitud. Pasado ese plazo puedes perder el derecho a la bonificación de ese ejercicio.

Después de conocer los plazos, el siguiente paso es preparar la documentación.

Documentación para solicitar la bonificación del IBI por autoconsumo

La documentación varía según el ayuntamiento. En general, te pedirán lo siguiente:

Preparar toda esta documentación técnica requiere conocimiento especializado y la firma de profesionales autorizados. Por eso conviene elegir una empresa instaladora que se encargue de la legalización completa de la instalación, no solo del montaje.

Trabajador de 1KOMMA5° ayudando con trámites a una clienta

Tu bonificación del IBI tramitada sin preparar un solo documento técnico

Legalizar tu instalación fotovoltaica requiere conocimiento especializado y firma de profesionales autorizados. En 1KOMMA5° lo hace nuestra Oficina Técnica, de principio a fin. Así, cuando llegue el momento de solicitar tu bonificación, la parte compleja ya la tienes resuelta.


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Ya con toda la documentación preparada, queda el paso final: presentarla en tu ayuntamiento. Así es el proceso.

Paso a paso para solicitar la reducción del IBI

Una vez tengas la documentación preparada, los pasos para presentar la solicitud son estos: 

  1. Verifica la bonificación y el plazo de solicitud. Consulta la ordenanza fiscal en la sede electrónica del ayuntamiento o llama al departamento de Tributos.

  2. Reúne la documentación que pide tu ayuntamiento. En el caso de las instalaciones de 1KOMMA5°, la documentación técnica la aportamos nosotros.

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento o presencialmente en Hacienda/Tributos. Guarda el justificante.

Si la resolución es favorable, la bonificación se aplicará en tu próximo recibo del IBI.

IBI, IRPF y subvenciones: 3 beneficios distintos que puedes acumular

Una duda muy habitual es: ¿la bonificación del IBI tiene algo que ver con la Declaración de la Renta? No. Son impuestos completamente distintos, gestionados por administraciones diferentes:

  • La bonificación del IBI la gestiona tu ayuntamiento. Reduces lo que pagas de IBI cada año.

  • La deducción del IRPF la gestiona la Hacienda estatal. Te devuelve hasta el 60% de lo que invertiste en la instalación en tu Declaración de la Renta de 2026 y 2027.

  • Las subvenciones autonómicas las gestiona tu comunidad autónoma. Es dinero directo para ayudarte a financiar la instalación.

La bonificación IBI de autoconsumo, la deducción del IRPF y las subvenciones son beneficios independientes y compatibles. Aprovechar los 3 es la forma más inteligente de reducir el coste de tu instalación solar.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre subvenciones para placas solares

¿Es obligatorio que el ayuntamiento aplique la bonificación IBI por placas solares?

No. El Art. 74.5 del RDL 2/2004 autoriza a los ayuntamientos a aplicarla, pero no los obliga. Si tu municipio no la tiene aprobada en su ordenanza fiscal, no puedes exigirla. Si la tiene, sí tienes derecho a solicitarla cumpliendo los requisitos.

¿Cuánto ahorro consigo con la bonificación del IBI para placas solares?

La ley fija un máximo del 50% de la cuota íntegra del IBI. Cada ayuntamiento decide el porcentaje concreto dentro de ese límite y los años de aplicación. Lo más habitual está entre el 30% y el 50%, con una duración de 3 a 10 años.

¿Cuántos años dura la bonificación IBI por autoconsumo?

Depende de la ordenanza de cada municipio. Lo más habitual son de 3 a 5 años. Algunos añaden además una extensión del IBI por placas solares si la instalación incluye batería de almacenamiento, como ocurre en Madrid, donde se amplían 2 años.

¿La bonificación IBI es compatible con la deducción IRPF y subvenciones autonómicas?

Sí, es perfectamente compatible. Son gestionadas por administraciones distintas y ninguna limita a las otras. Puedes acumular los tres beneficios.

¿Puedo pedir la reducción del IBI si llevo más de un año con las placas instaladas?

Sí, siempre que tu instalación esté correctamente legalizada (CIE y registro de autoconsumo). Si no se tramitó en su momento, necesitarás la firma de un ingeniero que certifique el correcto funcionamiento de la instalación. Ten en cuenta que algunos ayuntamientos solo admiten la solicitud dentro de un plazo tras el fin de la instalación, por lo que conviene consultarlo antes con el departamento de Tributos.

¿Cómo pedir la bonificación IBI por fotovoltaica?

Presentando la solicitud en tu ayuntamiento, presencialmente o a través de la sede electrónica. La documentación varía según el municipio, pero en general incluye el CIE, el registro de autoconsumo, el permiso de obras de la instalación, el último recibo del IBI y tu DNI. Consulta siempre qué pide tu ayuntamiento antes de presentar la solicitud.

Fuentes

  • Art. 74.5, RDL 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE-A-2004-4214, texto consolidado).

  • Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo. BOE-A-2026-6544.

  • Real Decreto 244/2019, de 5 de abril. Condiciones del autoconsumo eléctrico.

  • Ordenanzas fiscales municipales vigentes (verificar en la sede electrónica de cada ayuntamiento).

Última revisión: abril 2026


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